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El Futuro del Modelo de Desarrollo Vasco. RESPONSABILIDAD SOCIAL DE LA EMPRESA

Nos hacemos eco de este interesante informe-resumen publicado por EKAI Center, sobre el Futuro del Modelo de Desarrollo Vasco, RESPONSABILIDAD SOCIAL DE LA EMPRESA


TEXTO (PDF):      https://yadi.sk/i/yTkB_wWGZV0Plg

  1. Una buena parte de los documentos referenciales sobre la denominada “responsabilidad social corporativa” tienden a utilizar un concepto limitativo de la misma, aplicado exclusivamente a las actividades que las empresas desarrollen “de forma voluntaria”. La razón fundamental de ello es que se trata casi siempre de documentos dirigidos a la propia empresa y, por ello mismo, pretenden incidir en las actuaciones que quedan en manos de la misma, excluyendo las que se producen como consecuencia necesaria de la normativa en vigor.
  2. Sin embargo, este criterio de determinados documentos o políticas dirigidas a influir en el comportamiento empresarial no puede apropiarse de un concepto tan amplio como la “responsabilidad social”. Para empezar, lo reconozcan así o no, la responsabilidad social de la empresa puede ejercerse de forma obligatoria o voluntaria.
  3. Es importante también tener en cuenta que esta aparentemente clara diferenciación entre responsabilidad ejercida de forma voluntaria y de forma obligatoria parece olvidar un tercer soporte clave de las actuaciones de responsabilidad social: las actuaciones inducidas o incentivadas. En estas actuaciones nos encontramos tanto con un ámbito de actividad del Estado –al establecer el incentivo- como con un ámbito de actividad de la empresa –al decidir hacer uso o no del incentivo correspondiente-.
  4. Por otro lado, es importante tener en cuenta que el concepto de responsabilidad social “obligatoria” o “inducida” responde a la existencia de una obligatoriedad o un incentivo que pueden ser generados por el Estado, pero también por otros agentes y, fundamentalmente, por los sindicatos. Las organizaciones sindicales son, de hecho, un agente fundamental a la hora de determinar los comportamientos de responsabilidad social de la empresa en el ámbito laboral y salarial. Sin olvidar que, con frecuencia, los sindicatos inciden también en otros ámbitos de la de la responsabilidad social.
  5. Este análisis tiene una trascendencia fundamental sobre el futuro de la responsabilidad social de la empresa. Muy especialmente porque, como consecuencia de la casi inevitable atracción del objetivo básico de la empresa de generación de beneficios, todas las medidas que, por muy socialmente responsables que sean, vayan en contra de la maximización del beneficio, quedan lógicamente minimizadas de forma sistemática. La responsabilidad social empresarial ejercida de forma voluntaria queda, de esta forma, transformada en un conjunto de medidas de imagen o publicidad.
  6. Sin embargo, la coordinación del interés particular de los empresarios y el interés general –ya sea a través de la actuación sindical o del Estado- es una cuestión de primer nivel en las dinámicas de responsabilidad social. Profundizar en los instrumentos y políticas a poner en marcha para coordinar ambos intereses es una línea de trabajo fundamental para el futuro social y económico.
  7. Si nos limitamos al ámbito de la responsabilidad social empresarial estrictamente “voluntario” y no inducido por el Estado o los sindicatos, el impacto real –y no sólo publicitario- de estas actuaciones va a quedar necesariamente limitado a los sectores no capitalistas de la economía: empresas públicas, cooperativas y de economía social.
  8. Como en otras “modas” de la cultura de la empresa, diferenciar entre los mensajes publicitarios sistemáticamente repetidos en los medios y la realidad empresarial es fundamental para no engañarnos a nosotros mismos, no engañar a los ciudadanos vascos y, sobre todo, para concentrar los esfuerzos de los agentes públicos y privados en los ámbitos en los que realmente tiene sentido actuar.

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